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La Corte Suprema de Colombia emitió una sentencia a favor de los progenitores donde se avala que pueden revisar las comunicaciones de sus hijos menores de edad en las redes sociales, ya que resulta contradictorio que esta práctica vulnere el derecho a la intimidad de los niños.

Según fragmentos del dictamen, “los padres en ejercicio de la patria potestad, constitucional y legalmente se encuentran autorizados para asistir, orientar y controlar las comunicaciones de sus hijos menores de edad”.

El alto tribunal se pronunció sobre esta cuestión a raíz del caso de un joven de 18 años acusado de abusar sexualmente de una menor de 12 años, con quien mantenía una relación e incluso compartía vivienda después de que ella se hubiese marchado de la casa familiar.

Durante el juicio por este caso la mujer presentó correos electrónicos de su hija que contenían “información íntima” entre el presunto agresor y la víctima, ante lo cual el acusado adujo que era necesaria una orden judicial para poder utilizar tales pruebas, ya que habían sido obtenidos sin permiso de la menor.

La decisión del alto tribunal sienta jurisprudencia en Colombia. Así, a partir de ahora, los progenitores pueden acceder a las cuentas de Facebook, Twitter, Instagram o el correo electrónico sin que se considere que por ello están vulnerando la intimidad de sus hijos.

DS

Con información de Globovisión.

Fotografía Gettyimages. 

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