Consideraron que el Parlamento perseguía la desviación del poder al aumentar el numero de magistrados
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DOBLE LLAVE – La Sala Constitucional del TSJ declaró la inconstitucional la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, sancionada por el Parlamento el pasado siete de abril.

En el hemiciclo se esperaba modificar el número de magistrados en la Sala Constitucional, entre otros apartados de la ley vigente desde 2010.

La Sala Constitucional acogió el pedido de análisis por parte del primer mandatario,  Nicolás Maduro, que creyó que lo propuesto por el Poder Legislativo únicamente “entorpecería la labor” del máximo ente jurídico de la nación.

Efectivamente, el veredicto del tribunal calificó la reforma como «constitucionalmente írrita», alegando que la AN incurrió en un vicio de desviación de poder al modificar la conformación de la Sala por motivos políticos.

Además, consideraron impropio que la Ley no fuera sometida a votación por las dos terceras partes de los integrantes del Parlamento como lo contempla la Constitución.

Yelimar Requena

Con información de agencias.

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