Sudeban
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DOBLE LLAVE – La Superintendencia Nacional de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) autorizó el otorgamiento de créditos en bolívares sobre el 10 % del saldo total de depósitos en divisas, correspondiente a las cuentas corrientes de libre convertibilidad.

La Sudeban ordenó que los montos en divisas que vayan a ser objeto de intermediación deben ser previamente vendidos en el mercado cambiario para poder ser prestados, y posteriormente convertirlos en moneda nacional.

Igualmente, la Sudeban instruyó que los créditos a que se refiere la presente Circular, deberán cumplir los términos previstos en la Resolución N 22-01-02 de fecha 27 de enero de 2022, relativa a la obligación de expresar los créditos únicamente mediante el uso de la Unidad de Valor de Crédito (UVC).

Así como, los requisitos y condiciones establecidas en la normativa prudencial vigente en materia de clasificación de riesgo en la cartera de créditos y cálculo de sus provisiones.

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Gabriel Velásquez

Con información de medios nacionales

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