DOBLE LLAVE– El Código Penal que se encuentra vigente salió publicado en la Gaceta Oficial Nº 39.818 extraordinaria del 12 de Diciembre de 2011, firmada en la ciudad de Caracas a los 8 días del mes de Diciembre de 2011. Sin embargo, la vigencia del mismo se limita a una que otra reforma en algunos de sus artículos. En gran medida, fija las multas en unidades tributarias, incluye algunos delitos y estipula la duración de penas aplicables, lo que no representa un cambio estructural en el Código desde el año 1964.
Este código se encuentra compuesto por tres libros, el Primero que es relativo a las disposiciones generales sobre los delitos y faltas, las personas responsables y las penas. El Segundo concerniente a las diversas especies de delitos y el Tercero, de las faltas en general. A pesar de estas estipulaciones, en la actualidad el sistema judicial penal y el sistema penitenciario del país se encuentran en una caída en picada que plantea unas cuantas dudas en el colectivo venezolano.
En búsqueda de responder estas interrogantes, Doble Llave entrevistó al abogado ucevista, Juan Mayor, que abordó el tema jurídico y penal en la Venezuela actual y contextualizó la necesidad de una reforma en el Código Penal «vigente».
Mayor asegura que el código penal venezolano no se encuentra adaptado a la realidad del país debido a que «ya tiene mucha data y muchos años». Esto, trae como consecuencia la necesidad de un reforma del código que «está en mora jurídica desde que entró en vigencia la constitución de 1999». Normalmente, cuando se cambia la constitución se debe cambiar la legislación para que esta se adapte al nuevo marco constitucional. Y el código penal se utiliza es el de 1964 por lo que las reformas no han influido en cambios estructurales.
Por otro lado, el ordenamiento jurídico en materia penal específicamente no se encuentra adaptado a los tipos de delitos, primero porque hay que entender que que el delito es una conducta humana que el estado rechaza, que el estado considera grave para la sociedad y los bienes y por esa razón los castiga. Mayor explica que como toda conducta humana «los delitos evolucionan y no solo cambian en el espacio y en el tiempo sino que obtienen mejoras y nuevas tecnologías para la consecución de su fin delictual«.
Nuestro código penal vigente se encuentra atrasado con respecto a los delitos modernos. Se encuentra atrasado en materia de derechos constitucionales. Al igual que el código procesal penal. El abogado plantea que el sistema jurídico no se encuentra adaptado para responder a esos delitos, por lo que está inutilizado. «Hay muchas normas penales en leyes diferentes lo que causa problemas para distinguir que ley se aplica y causa inseguridad jurídica para la persona que se defiende» acota.
Para explicar qué pasa en el sistema jurídico venezolano cuando el delito no es por asesinato y tiene penas menores en comparación a casos más graves, Mayor indicó que primero es necesario entender qué es una pena.
«La pena es la consecuencia de una acción que se encuentra tipificada en una ley como un delito. Ahora esa consecuencia según nuestra constitución busca reinsertar al individuo que delinquió a la sociedad. Las penas son un tema que fluctúa y dependen de la sociedad y el estado con respecto a las acciones y los derechos. En Venezuela, la estipulación de las penas tiene mucho que ver con la política, en el sentido de que se quiere criminalizar una acción. Durante el 2004 y 2008 hubo un repunte muy grande del delito de secuestro, lo que llevo a que hubiese una alza enorme en la pena impuesta por el estado, para tratar de «palear» esa situación. Hay que entender que la doctrina jurídico penal como lo dice el Marqués César de Becaria en su libro De Los Delitos y Las Penas señala una cosa que es aceptada por toda la doctrina. La pena se usa en Venezuela como disuasivo para la consecución de un hecho punible, de un delito, y no es efectiva, porque independientemente de los años que se paguen, lo que impide el delito y la proliferación en tasas estadísticas es que haya menor impunidad. Con menor impunidad se ha demostrado que los delitos bajan. Eso agregado al problema de los retardos procesales y la celeridad procesal. Esa es la razón de porque en Venezuela delitos como el homicidio tienen una pena inferior a delitos que desde un punto de vista lógico son quizás menos graves, como el secuestro».
Los derechos humanos y las penas
Mayor explica que un derecho humano es un derecho inherente a la persona por su calidad o condición humana, sin embargo, el tema de los derechos humanos es que dependen de cada país.
Existen organismos internacionales que se encargan de dictaminar que son los derechos. Para hablar de los derechos humanos y las penas en Venezuela el letrado asegura que habría que estudiar primero cuales son los acuerdos en materia de derechos humanos que tiene suscrito Venezuela.
Esto debido a que nuestra constitución en el artículo 23 dicta que serán validos y de aplicación preferente en la república todos aquellos tratados de derechos humanos suscritos por Venezuela aun y cuando la legislación y la Asamblea venezolana no lo justifique. «Una vez definido eso habría que decir que cualquier pena que choque con esos derechos establecidos esta en contra. Las penas accesorias, la doble punidad, desapariciones forzosas, aislamiento y todos esos casos que están ocurriendo en Venezuela actualmente, afectan a los derechos humanos. Un atentado a los derechos humanos es el caso de los presos políticos, dirigentes y periodistas, debido a que la libre expresión es un derecho humano de primera necesidad«.
Para finalizar, fue planteado el tema de las irregularidades en los procesos penales actuales, a qué se deben y cómo podrían ser «remediadas». A esto, Mayor respondió que las irregularidades son muchísimas. El retardo procesal, detenciones injustificadas, sentencias express, jueces que no tienen competencia y personas a las que se le atribuyen delitos que no se comprueban, son una evidencia de todo lo que sucede en la ley venezolana.
«Hay que buscar las soluciones en las instituciones más que en las leyes, la ley es un instrumento que utiliza un conglomerado. Es ese llamado sistema penal que abarca desde la policía, pasando por el Ministerio Público hasta los tribunales. Y ellos lo que hacen es utilizar la ley. Se puede tener la mejor herramienta del mundo en las manos, pero si no se utiliza correctamente y no se está capacitado para su utilización, ¿de qué sirve que sea la mejor herramienta del mundo? El problema radica principalmente en las instituciones penales. Las instituciones que controlan el sistema penitenciario y de justicia. Se necesita celeridad procesal, la búsqueda de la verdad y juicios correctos. Con eso, un sistema penal será tan fuerte como lo sean sus instituciones» finalizó.
Ninoska Moncada / @ninoskamci
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