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DOBLE LLAVE – El Tribunal Supremo español confirmó este lunes 28 de septiembre la condena de año y medio de inhabilitación al presidente de la región de Cataluña, el independentista, Quim Torra, por desobedecer la orden de la Junta Electoral Central que le obligaba a retirar las pancartas de apoyo a los presos secesionistas de los edificios públicos en período electoral.

En su sentencia, el alto tribunal desestima por unanimidad el recurso de Torra contra la condena previa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por un delito de desobediencia.

Por tanto, confirma la inhabilitación especial y la multa de 30.000 euros ante “la contundente, reiterada, contumaz y obstinada resistencia del acusado a acatar un mandato investido de autoridad y dictado conforme a la legalidad”.

Quim Torra desobedeció una orden de la Junta Electoral Central

La resolución es firme y la inhabilitación se extiende para el ejercicio de cargos electivos y para el desempeño de funciones de gobierno y, por tanto, será ejecutada de inmediato por el TSJC al margen de que su defensa promueva una suerte de recurso denominado un incidente de nulidad.

En este sentido, cuando el fallo sea ejecutado Torra deberá dejar la presidencia de Cataluña.

Asimismo, destaca la sentencia que el ámbito del recurso “no es la exhibición de determinados símbolos o pancartas de una determinada opción política” como sostenía Torra, que siempre calificó su acción de acto político y no administrativo, sino que es “su utilización en períodos electorales desobedeciendo lo dispuesto por la Junta Electoral Central”.

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Gabriela Morales

Con información de medios internacionales

 

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