Venezuela
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DOBLE LLAVE – El gobierno de Venezuela, mediante el Decreto Presidencial número 4.924, publicado en la Gaceta Oficial número 42.823, de fecha 21 de febrero de 2024, otorgó la exoneración del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) a los débitos que se originen por la compra, venta y transferencia de la custodia de títulos de valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela (BCV).

Asimismo, el gobierno de Venezuela concedió la exoneración del impuesto a los débitos o retiros que se relacionen con la liquidación del capital o intereses de los mismos o títulos negociados a través de las bolsas de valores y bolsas agrícolas, realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país.

El Decreto Presidencial tiene como objetivo estimular la inversión y el ahorro en el mercado de valores nacional, así como facilitar el acceso a la financiación de los sectores productivos del país. El Decreto Presidencial entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial y tendrá una duración de un año.

Es importante recordar que, el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras es un tributo que grava un porcentaje del monto total de una transacción de retiro, débito o transferencia desde cuentas registradas en el sistema financiero nacional, y también grava los pagos realizados fuera del sistema bancario nacional, sea en efectivo o por cualquier otro medio de extinción de una deuda.

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Gabriel Velásquez

Con información de medios nacionales y redes sociales

Fuente de imagen referencial: Towfiqu Barbhuiya/Unsplash

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