DOBLE LLAVE – El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó suspender de manera cautelar los efectos de siete sesiones del Parlamento venezolano, que se realizaron durante los meses de abril y mayo, específicamente del 26 y 28, y los días 3, 5, 10, 12 y 17 de mayo de 2016 respectivamente.
De acuerdo con el fallo de la Sala Constitucional del TSJ, las sesiones quedan suspendidas y, de igual manera, todos los actos o decisiones producidas durante ellas.
El fallo indica que durante las fechas suspendidas del mes de abril, la junta directiva de la Asamblea Nacional aprobó “de manera inconstitucional” un voto de censura contra el ministro del Ministerio del Poder Popular para la Alimentación, Rodolfo Marco Torres.
Los demandantes, un grupo de diputados del oficialismo venezolano, solicitaron al TSJ que se declare la nulidad de esas jornadas legislativas «por razones de inconstitucionalidad e ilegalidad de los actos de fijación de las sesiones y cambio de agenda de la Asamblea Nacional». Por otro lado, en la sesión del día 17 de mayo fue sometido a consideración de la plenaria el decreto presidencial de estado de excepción y emergencia económica.
En la decisión de la máxima corte, firmada por la presidenta del TSJ, Gladys Gutiérrez, se ordena además citar al presidente de la Asamblea Nacional, Henry Ramos Allup; a la fiscal general, Luisa Ortega; al procurador general, Reinaldo Muñoz, y al defensor del pueblo, Tarek William Saab.
Katriz Luna
Con información de agencias.
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