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DOBLE LLAVE – El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) reiteró la «nulidad y carencia de toda vigencia y eficacia jurídica de todos los actos emanados de la Asamblea Nacional (AN) en desacato».

La Sala Constitucional insistió en que «resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia los actos que emanen de la AN, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga el desacato a las sentencias del TSJ».

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Asimismo, subrayó la constitucionalidad del decreto que establece el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el país «dadas las circunstancias extraordinarias en el ámbito social, económico y político que afectan el orden constitucional, la paz social, la seguridad de la nación, las instituciones públicas y a las ciudadanas y los ciudadanos habitantes de la República».

En este sentido, el TSJ declaró a su vez nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto de la AN que busque desaprobar dicho decreto. En el mismo fallo se reiteró que las sentencias de la Sala Constitucional tienen «carácter vinculante y efectos extensivos para todos los órganos del Poder Público Nacional«.

María Alejandra Guevara

Con información de Agencias

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