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DOBLE LLAVE – El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declara nulo, por inconstitucionalidad, el acto aprobado por la Asamblea Nacional llamado «Acuerdo sobre la Reactivación del Proceso de Aplicación de la Carta Interamericana de la OEA» que se llevó a cabo el pasado 21 de marzo de este año. y pide al Ejecutivo Nacional revisar su política exterior.

En este sentido, la Sala Constitucional del TSJ considera que el acto va en “detrimento de los principios democráticos y de igualdad a lo interno de las mismas, sin que por ello se deje de reconocer la digna acción de los Estados que han defendido de manera gallarda los principios del derecho internacional y que, por tanto, han apoyado la posición de la República Bolivariana de Venezuela”

Por ello, ordena al Presidente Nicolás Maduro estudiar las acciones de las organizaciones internacionales de las que forma parte, para evitar injerencias como las que realiza, Luis Almagro, Secretario Ejecutivo de la Organización de Estados Americanos (OEA) que obliga al mandatario a salvaguardar el orden constitucional, así como también tomar las medidas que considere necesarias para evitar un estado de conmoción y, en el marco del Estado de Excepción vigente.

Asimismo, el organismo aclara que la inmunidad parlamentaria cubre sólo los actos realizados por los diputados en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y, jamás ampara ilícitos constitucionales y penales flagrantes, según lo previsto en el artículo 200 de la Constitución de la República.

Yisneidy Pérez

Con información de

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