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DOBLE LLAVE – La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió las acciones que un grupo de ciudadanos interpuso en contra de las alcaldesas de los municipios Maracaibo del estado Zulia y San Cristóbal del estado Táchira, Eveling Trejo Álvarez y Patricia Gutiérrez Fernández, por su supuestamente colaborar con la obstaculización de las vías públicas en protestas.

El máximo tribunal acordó los amparos cautelares para condenar que las alcaldesas hagan uso de los recursos materiales y humanos necesarios para impedir el libre tránsito de las personas y vehículos y además ordenan que las autoridades remover  los obstáculos para mantener las vías y zonas adyacentes completamente accesible y sin la presencia de barricadas.

Asimismo, la Sala en las en las decisiones números 534 y 536 pide proteger a los niños, a las niñas y a los adolescentes para que ejerzan plenamente sus derechos y garantías, tipificadas en el marco legal venezolano.

Las sentencias piden cumplir los artículos 44 y 46 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana. Simultáneamente, ordenan que las alcaldesas prevengan y ejerzan un control del delito, aseguren la paz social y el cumplimiento de la ley.

Yisneidy Pérez

Con información de Panorama

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