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DOBLE LLAVE – Este jueves 25 de enero fue publicada la sentencia N° 53 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) la cual dicta la anulación parcial de la convocatoria realizada por el Consejo Nacional Electoral (CNE), el pasado 17 de enero, que tenía como objetivo llevar a cabo la renovación de la nómina de inscritos en las organizaciones con fines políticos nacionales.

En este sentido, el Poder Electoral ordenó excluir a la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) del proceso presidencial convocado para el mes de abril.

La expulsión de la MUD se argumenta en que su conformación acata la agrupación de distintos partidos ya renovados y otros a la espera de realizar el proceso; en este sentido, la Mesa de la Unidad estaría faltando a la prohibición de doble militancia.

De acuerdo con el fallo, la Sala está llamada a resguardar los derechos de la participación política en el contexto de los venideros comicios presidenciales convocados por el jefe de Estado, Nicolás Maduro.

Asimismo, sostiene que los parámetros del proceso previo de la validación de las organizaciones políticas ya han sido fijados en respeto irrestricto de los postulados y principios fundamentales para el mantenimiento del orden constitucional de la República.

Aquí el fallo integro.

Katriz Luna

Con información de Globovisión.

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