DOBLE LLAVE- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela, conformado en el exilio, decretó la disolución de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) “de facto” y activó la resistencia pacífica del pueblo venezolano prevista en un artículo de la Constitución de 1999.
1/2 Sentencia de la Sala Constitucional del TSJ Legitimo, que declara la nulidad de la Asamblea Nacional Constituyente @Almagro_OEA2015 pic.twitter.com/RnopEIFTPl
— TSJ_Legítimo (@TSJ_Legitimo) 25 de octubre de 2017
En un fallo firmado por la sala y dado a conocer hoy a Efe en Miami (EE.UU.), la sala constitucional da respuesta a una denuncia de inconstitucionalidad planteada por los políticos Diego Arria, María Corina Machado, Antonio José Ledezma y Cecilia Sosa en relación con la creación de la ANC y los actos emanados de ella.
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El pasado 13 de octubre, 18 de los 33 magistrados designados por el Parlamento, de mayoría opositora, se configuraron como “Tribunal Supremo en el exilio” en una ceremonia en la Organización de Estados Americanos (OEA).
Los magistrados de la sala, equivalente a un tribunal constitucional, consideran en su fallo, que lleva fecha de hoy, que la ANC ha pretendido funcionar sin la decisión expresa del pueblo venezolano de convocarlo como lo exige el artículo 347 de la Constitución.
El fallo fue dado a conocer por el presidente de la sala constitucional del TSJ venezolano en el exilio, Miguel Ángel Martín Tortabu, quien acudió hoy a un foro sobre la reinvención de los partidos políticos en Miami.
En su fallo de hoy la sala constitucional llama a las autoridades nacionales, civiles y militares, y al pueblo venezolano a “acatar esta decisión vinculante”.
También activa la resistencia pacífica, “habida cuenta de que todos los ciudadanos investidos o no de autoridad tienen el deber de colaborar en el restablecimiento de la efectiva vigencia de la Constitución, tal como lo ordena el artículo 333”. Por lo tanto, “los ciudadanos civiles y militares tienen el legítimo deber de desconocer, resistir y desobedecer toda actuación de la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente conforme a lo previsto en el articulo 350”.
Asimismo se insta a la Sala de Casación penal del TSJ a determinar la responsabilidad penal a que hubiere lugar contra las personas que han ejecutado y convalidado “los actos fraudulentos, en especial los integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente”.
El alto tribunal ordenó remitir copia del fallo a los poderes públicos, empezando por el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro.
Martín Tortabu subrayó que es un fallo vinculante y que debe ser acatado inmediatamente y señaló que la legitimidad de este tribunal es reconocida por gobiernos y organizaciones internacionales.
Redacción Doble Llave / @doblellave
Con información de la agencia EFE y otros medios
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