DOBLE LLAVE – La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) declaró el miércoles la nulidad absoluta y carencia de efectos jurídicos de la «Reforma al estatuto para la transición» que fue aprobada el pasado sábado por la Asamblea Nacional, presidida por Juan Guaidó.
El TSJ explica que la sentencia declara “írrita y carente de validez y eficacia jurídica” cualquier acción de los diputados que “usurpan las funciones de la Junta Directiva del Órgano Legislativo Nacional, con el propósito de perpetuar, extender, continuar o prorrogar con la investidura o la condición de diputados o diputadas a la Asamblea Nacional de aquellos ciudadanos que lo fueron para el periodo legislativo nacional por acabar».
La decisión agrega que es un “acto de fuerza contrario al ordenamiento jurídico y al derecho internacional público, negatorio de las reglas del juego democrático y cuyo efecto objetivamente conlleva a la ruptura del orden constitucional y de la paz social, por lo que ordena al Ministerio Público que investigue penalmente la presunta materialización de conductas constitutivas de tipos delictivos contemplados en la Constitución y en la ley”.
La sentencia se da luego de una solicitud introducida al TSJ por parte de un grupo de diputados presuntamente opositores que hace más de un año se distanciaron de Guaidó.
Sala Constitucional del TSJ declaró nula la presunta “Reforma Parcial del Estatuto que rige la Transición a la Democracia para Restablecer la Vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela” https://t.co/kIeyg3cepu pic.twitter.com/xZnx6Ztj3X
— TSJ Venezuela (@TSJ_Venezuela) December 30, 2020
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Gabriel Velásquez
Con información de medios nacionales y redes sociales
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