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DOBLE LLAVE – El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró constitucional el «estado de emergencia económica» solicitado por el presidente Nicolás Maduro Moros, en 2016 y que volvió a prorrogar el pasado 5 de enero.

«La Sala Constitucional declaró la constitucionalidad del Decreto N° 4.090, de fecha 5 de enero de 2020, mediante el cual el presidente de la República, el ciudadano Nicolás Maduro Moros, declaró el estado de excepción y de emergencia económica en todo el territorio nacional», informó el TSJ en un comunicado.

Maduro dio este paso en respuesta a la «guerra económica» que, según denunció entonces, la derecha venezolana y sus aliados internacionales lanzaron contra el país para derrocar a su Gobierno.

La Asamblea Nacional, única institución controlada por la oposición, denunció la última prórroga por considerar que era «inconstitucional«, si bien el TSJ se alineó con el Palacio de Miraflores.

El alto tribunal también señaló «nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional en desacato pretenda desaprobar el decreto de estado de excepción».

«Resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados del Parlamento, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga en desacato a las sentencias del alto juzgado de la República», recordó.

El TSJ declaró en «desacato» a la Asamblea Nacional en 2016 (nada más caer en manos opositoras) por una discrepancia electoral, desatando con ello una crisis institucional que se agravó en estos años.

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Con información de dpa

 

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