El magistrado reiteró que 1.200 tribunales han sido desplegados
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DOBLE LLAVE-  A través de la Sala Constitucional el Tribunal Supremo de Justicia se declaró competente para conocer de la acción de amparo ejercida por el Mayor General de la Guardia Nacional contra la Fiscal General de la República. 

También declaró con lugar la acción de amparo ejercida, al observar que el Jefe de Gobierno del Distrito Capital equivale a un Gobernador de Estado, quien ejerce el gobierno y administración de su entidad federal, por lo que goza de la prerrogativa del antejuicio de mérito a los efectos de su eventual enjuiciamiento.

Observó la Sala que, al “citarlo” para rendir declaración en la sede fiscal en calidad de “imputado”, la Fiscal General de República erró “en forma grave e inexcusable”, incurriendo en “abuso de poder y extralimitación de atribuciones”, lesionando los derechos del Jefe de Gobierno del Distrito Capital, al debido proceso, la defensa, la presunción de inocencia, el juez natural, la tutela judicial efectiva consagrado en la Constitución y en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Como consecuencia del mandamiento de amparo, se declaró la nulidad de la “citación” efectuada en comunicación emanada del Ministerio Público de fecha 28 de junio de 2017, así como cualquier actuación de la Fiscal General de la República o de los funcionarios que actúen bajo su dependencia o jerarquía.

Asimismo declaró que los efectos extensivos del fallo, para que cualquiera que se encuentre en situación similar, pueda invocar la decisión de la Sala Constitucional.

Redacción Doble Llave / @doblellave

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