DOBLE LLAVE – Este viernes 7 de diciembre la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), consideró que procedente la solicitud de medida cautelar de embargo preventivo solicitada anteriormente por la empresa C.A. Metro de Caracas contra la sociedad mercantil Constructora Norberto Odebrecht, S.A.
La ponencia estuvo a cargo de la magistrada Bárbara Gabriela César Siero, quien a través de la sentencia N° 01239 decretó la medida cautelar de embargo preventivo sobre bienes muebles propiedad de las referidas sociedades mercantiles.
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La sentencia también ordena oficiar a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg), para que determine los bienes muebles sobre los que recaerá la medida preventiva.
Gabriel Velásquez/@vqzgabriel
Con información de Panorama
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