DOBLE LLAVE – El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), estableció que los inquilinos podrán pagar el arriendo fijado al equivalente en dólares, según la cotización oficial del día.
La medida fue publicada en la Gaceta Oficial N° 41.264, mediante la sentencia N° 424 del 16 de octubre de 2019, de conformidad con la Resolución N° 19-05-01, fechada el 2 de mayo del 2019, dictada por el Banco Central de Venezuela (BCV).
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La resolución suscribe que a través del Convenio Cambiario N° 1 del 21 de agosto del año 2018, se implantó la libre convertibilidad de la moneda en todo el territorio nacional, con el propósito de favorecer al desarrollo de la actividad económica, en un mercado cambiario ordenado.
Con el fin de dinamizar las operaciones de compra y venta de monedas extranjeras por medio de los operadores especializados.
Gabriel Velásquez
Con información de Panorama
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