TSJ emitió una sentencia que permite al Ejecutivo disponer de los fondos nacionales sin consultar al Parlamento
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DOBLE LLAVE – El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) autorizó al presidente, Nicolás Maduro, a presentar el presupuesto de la nación del próximo año ante la Sala Constitucional sin que sea necesario la aprobación por parte de la Asamblea Nacional (AN).

En una ponencia conjunta publicada en la medianoche del martes, la propia Sala Constitucional explicó que la decisión fue tomada ante «la imperiosa necesidad de cumplir una fase del proceso de formación jurídica del presupuesto nacional (y) ante el deber de honrar los postulados de separación y equilibrio entre los poderes», ignorando al Legislativo por considerar que se encuentra en desacato.

El TSJ ha decidido desconocer al Parlamento luego de que los diputados anulados por el Poder Judicial fuesen juramentados, ignorando la sentencia del Supremo. Por ello, ahora, se sentencia que :

«Se reitera lo declarado por esta Sala en la sentencia número 808 del 2 de septiembre de 2016, en la que, entre otros pronunciamientos, se declaró ‘que resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la Asamblea Nacional, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga el desacato a la Sala Electoral del TSJ».

Según la sentencia, los fondos nacionales para el venidero año serán aprobados por la Sala Constitucional. «El Presidente deberá presentar el presupuesto nacional ante esta máxima instancia de la jurisdicción constitucional, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente decisión», sostiene la sentencia.

Yelimar Requena

Con información de dpa.

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