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	<title>apariciones &#8211; Doble Llave</title>
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	<title>apariciones &#8211; Doble Llave</title>
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		<title>El Vaticano cambia la aprobación de fenómenos sobrenaturales</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Fíorella Tagliafico]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 17 May 2024 19:00:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacadas]]></category>
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					<description><![CDATA[Las normas para evaluar apariciones y fenómenos sobrenaturales fueron aprobadas por Pablo VI en 1978]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>DOBLE LLAVE</strong> &#8211; El Vaticano publicó las <strong>nuevas normas para aprobar las apariciones o fenómenos sobrenaturales</strong> para que puedan ser objeto de culto, cambiando el procedimiento ya que, tras un estudio por parte del obispo, bastará un &#8216;Nihil obstat&#8217; (no hay objeción) y ya no será necesaria la declaración de “sobrenaturalidad”.</p>
<p>El documento deja claro, que tanto el Dicasterio para la Doctrina de la Fe como <strong>el papa siempre tendrán la ultima palabra pare intervenir y aprobarlo o rechazarlo</strong> en cualquier momento y sólo el pontífice podrá declarar la «sobrenaturalidad» de un caso.</p>
<p>En un documento de unas 20 paginas se explica la necesidad de <strong>poner orden con «procedimientos claros» en este tipo de manifestaciones de presunto origen sobrenatural</strong> que a veces han llevado a «cometer actos gravemente inmorales o han sido pretexto para ejercer dominio sobre las personas o cometer abusos».</p>
<p>Las normas para proceder a evaluar las presuntas apariciones y revelaciones que se aplicaban hasta hoy <strong>habían sido aprobadas por Pablo VI en 1978</strong>, hace más de 40 años, pero no fueron publicadas hasta 33 años después, en el 2011.</p>
<p>Y estas decisiones exigían tiempos muy prolongados, incluso décadas, y se llegaba demasiado tarde con la necesaria aprobación eclesial, apunta el <strong>documento escrito por el prefecto de la Doctrina de la Fe, el cardenal argentino Víctor Manuel Fernández</strong>, y aprobado por el papa Francisco.</p>
<h2>Basta con un &#8216;Nihil obstat&#8217;</h2>
<p>Hasta ahora, los <strong>procedimientos seguidos por el Dicasterio estaban orientados hacia una declaración de “sobrenaturalidad”</strong> o “no sobrenaturalidad” por parte del obispo, pero eso llevaba muchos años y de hecho, después de 1950, se han resuelto solamente 6 casos, mientras que han ido proliferando numerosos episodios en el mundo a los que la Iglesia no ha dado respuesta.</p>
<p>Por ello, a partir de ahora, el caso no se cerrara con una declaración de &#8216;supernaturalitate&#8217;, sino que <strong>el obispo podrá dar su &#8216;Nihil obstat&#8217;,</strong> pero también otros cinco tipos de sentencia con diferentes matices y será siempre el Dicasterio quien aprobará finalmente o el papa, pero sin tener que declarar claramente que es &#8216;auténtico&#8217;.</p>
<p>«Por otra parte, esta intervención deja naturalmente abierta la posibilidad de que, prestando atención a la <strong>evolución de la devoción, pueda ser necesaria una intervención diferente en el futuro</strong>«, se añade en el documento.</p>
<h2>Fenómenos sobrenaturales</h2>
<p>¿Qué se tendrá que tener en cuenta para la aprobación?: «Si es posible vislumbrar en los <strong>fenómenos de presunto origen sobrenatural la presencia de signos de la acción divina</strong>; si en los eventuales escritos o mensajes de los implicados en los presuntos fenómenos no hay nada que sea contrario a la fe y a las buenas costumbres; si es lícito apreciar sus frutos espirituales, o si es necesario purificarlos de elementos problemáticos&#8230;».</p>
<p>El examen de estos fenómenos sobrenaturales puede llevar a seis conclusiones por parte del obispo:<strong> el &#8216;Nihil obstat&#8217; supone «que aunque no se expresa ninguna certeza en cuanto a la autenticidad sobrenatural del fenómeno, se reconocen muchos signos de una acción del Espíritu Santo</strong>» pero también otras cinco conclusiones que necesitarán un mayor profundización y clarificación doctrinal.</p>
<p>El obispo podrá también considerar el caso:<strong> &#8216;Prae oculis habeatur&#8217;, cuando «si bien se reconocen importantes signos positivos, se advierten también algunos elementos de confusión</strong> o posibles riesgos que requieren un cuidadoso discernimiento» o «Curatur», cuando «se detectan varios o significativos elementos problemáticos, pero al mismo tiempo existe ya una amplia difusión del fenómeno y se desaconseja una prohibición que pueda inquietar al Pueblo de Dios».</p>
<p>O también «Sub mandato», en la que &#8216;los <strong>problemas detectados no están relacionados con el fenómeno</strong> en sí, rico en elementos positivos, sino con una persona, una familia o un grupo de personas que hacen un uso impropio».</p>
<p>El documento también incluye todas las reglas estrictas que seguir para realizar una profunda investigación del caso, por ejemplo: «<strong>La credibilidad y buena reputación de las personas que afirman ser destinatarias de acontecimientos sobrenaturales</strong> o estar directamente implicadas en ellos, así como de los testigos escuchados».</p>
<p>Y que <strong>los llamados &#8216;videntes&#8217; no sigan «una búsqueda de beneficio, poder, fama, notoriedad social, interés personal</strong> estrechamente ligada al hecho» o no presenten «alteraciones psíquicas o tendencias psicopáticas en el sujeto, que puedan haber ejercido una influencia en el presunto hecho sobrenatural».</p>
<p>Ante todo ello, tanto el Dicasterio para la Doctrina de la Fe como <strong>el papa tienen siempre la ultima palabra para intervenir</strong> y aprobarlo o rechazarlo en cualquier momento.</p>
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</strong></em></p>
<p>Fiorella Tagliafico R.</p>
<p>Con información de EFE Servicios y redes sociales</p>
<p>Fuente de imagen referencial principal: EFE/EPA/Riccardo Antimiani</p>
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