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DOBLE LLAVE – A través de la Gaceta Oficial N° 41.526, el Ejecutivo venezolano prohibió la emisión de cualquier tipo de medida que impida el acopio, transporte, distribución, comercialización o movilización de alimentos en el territorio nacional.

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Esta nueva decisión fue publicada de forma conjunta con una resolución del Comando para el Abastecimiento Soberano, ente que es despacho del Jefe del Órgano Superior, y los Ministerios de Industrias y Producción Nacional, para la Agricultura Productiva y Tierras, para la Alimentación, para la Pesca y Acuicultura, y de Comercio Nacional.

Cabe destacar que esta medida incluye a los alimentos de producción primaria o procesada; esto aplica también a sus subproductos, como a cualquier especie de ganadería, pesca o acuicultura, en pie o beneficiada.

Asimismo, las autoridades no tendrán potestad para restringir el desplazamiento de elementos propios de la producción primaria o la distribución de productos.

Bárbara Méndez / @barbie_zml

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