CPI calificó a las sanciones de EE.UU como “inaceptables”
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DOBLE LLAVE – La Corte Penal Internacional (CPI) es el máximo tribunal de justicia en el mundo, creado por el Estatuto de Roma, que rige su competencia y funcionamiento. Tiene un carácter permanente y complementario respecto de las jurisdicciones nacionales, es decir, actúa en el caso de que los Estados no lo hagan de manera genuina.

¿A quién puede juzgar?

A sospechosos de cometer las más graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH), es decir, delitos como genocidio, crímenes de lesa humanidad y de guerra. Desde el 17 de julio de 2018 tiene, además, competencia para conocer del delito de agresión.

La CPI tiene carácter permanente y complementario con relación a las jurisdicciones nacionales, es decir, actúa en el caso de que los Estados no lo hagan de manera genuina

Pero no puede juzgar a quienes tengan menos de 18 años en el momento de la ocurrencia del delito. Según el Artículo 27 del Estatuto de Roma, también pueden ser juzgados quienes tengan cargos oficiales, como jefes de Estado o de gobierno.

¿Puede juzgar delitos cometidos en cualquier parte del mundo?

La competencia de la Corte está prevista en los artículos 11 y 12 del Estatuto de Roma y se refiere a crímenes que hayan sido cometidos en el territorio de uno de los 123 estados parte,  y delitos que hayan sido cometidos por un ciudadano de un país parte, aún en un lugar que no haya ratificado el Estatuto de Roma. El tribunal también puede abordar casos remitidos por el Consejo de Seguridad de la ONU.

¿Puede juzgar delitos cometidos en cualquier momento de la historia?

“Si un Estado se hace parte en el presente Estatuto después de su entrada en vigor, la Corte podrá ejercer su competencia únicamente con respecto a los crímenes cometidos después de la entrada en vigor del presente Estatuto respecto de ese Estado”, indica el Estatuto.

¿Qué penas puede imponer?

Según la máxima ley que rige al organismo, la CPI puede imponer la reclusión por un número determinado de años que no exceda de 30, la detención a perpetuidad cuando lo justifiquen la extrema gravedad del crimen y las circunstancias personales del condenado. La Corte podrá imponer multas y decomisar el producto y los bienes procedentes directa o indirectamente del crimen.

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Gabriel Velásquez

Con información de medios internacionales y redes sociales

 

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