DOBLE LLAVE – La Corte Constitucional de Colombia, condicionó la ley 1799 del 2016 que había prohibido realizar cirugías estéticas para menores de edad. Con esta medida, los jóvenes de 14, 15, 16, y 17 años podrán realizarse procedimientos estéticos, siempre y cuando cuenten con el permiso de quien tenga su patria potestad.
La decisión del alto tribunal surgió de una demanda presentada por Efraín Armando López Amaris, y votó a favor de la ponencia de la magistrada Gloria Ortiz quien le daba la razón al demandante en que la prohibición vulneraba el libre desarrollo a la personalidad.
La ley aprobada en el año 2016 también prohibía la publicidad de cirugías estéticas dirigidas a menores de edad y el uso de niños en este tipo de campañas. La norma argumentaba que esas prohibiciones son válidas para proteger la salud de los menores. Sin embargo, el demandante explicó que esta clase de leyes vulneraban el derecho a la imagen y a la intimidad.
El alto tribunal le dio la razón al demandante, otorgándole la posibilidad a los jóvenes menores de edad de que «tomen las decisiones que puedan permitirse».
Ninoska Moncada / @ninoskamci
Con información de El Tiempo
Comments