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DOBLE LLAVE – Luego de que un hombre nativo de Nigeria pidiera asilo en Hungría en 2015 alegando ser homosexual y por temor a ser perseguido en su país, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) determinó esta semana que los solicitantes de este tipo de permisos no pueden ser sometidos a una prueba psicológica para determinar su orientación sexual.

De acuerdo con la sentencia, este tipo de pruebas sobre orientación sexual «interfiere con el derecho de la persona a que se respete su vida privada«.

En este sentido, la ausencia de evidencias documentales  pueden confiar en la «consistencia y credibilidad» de las declaraciones del solicitante de asilo.

Cabe destacar que el hombre apeló la primera decisión y por ende el Tribunal de Justicia dictó una última sentencia.

Katriz Luna

Con información de dpa.

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