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DOBLE LLAVE- A través de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró constitucional el Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica, presentado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, el pasado 10 de noviembre.

En la sentencia se establece que el presidente tendrá la potestad de “continuar con la adopción de las medidas urgentes, contundentes, excepcionales y necesarias para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros productos esenciales para la vida”, según reseñó AVN.

El máximo tribunal calificó como nulo cualquier acto de la Asamblea Nacional que pretenda desaprobar este decreto y recordó que resultan inconstitucionales y nulos todos los actos del Poder Legislativo mientras este se mantenga en situación desacato jurídico frente a las leyes de la República.

Redacción Doble Llave / @doblellave

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