El hecho de que las cárceles del país se encuentren abarrotadas se debe a que una gran parte de los reclusos esperan aún una sentencia del tribunal correspondiente
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DOBLE LLAVE – Es de suma preocupación la tardanza que presentan muchos de los procesos penitenciarios en Venezuela, tanta es su demora que en ocasiones cuando un detenido es enviado a una cárcel en espera de un juicio pueden transcurrir hasta 2 años.

En entrevista de doblellave.com realizada al abogado Edwar Hernández, especialista en procesos penales, nos explica las fases por las que debe pasar un «apresado» y las fallas que presenta el sistema en la actualidad.

Hernández nos indica los dos tipos de detenciones que marcan el comienzo del proceso, la persona puede ser captura por flagrancia que es la detención que ocurre cuando se está cometiendo el delito, también por orden de captura que es cuando el sujeto está involucrado en un delito y las autoridades emiten boletines para su captura.

El proceso comprende cuatro pasos

  • Proceso policial: La policía hace entrega a la Fiscalía un expediente con las especificaciones de la detención, pruebas encontradas hasta el momento, declaraciones, y documentos previstos o solicitados por la ley.
  • Fiscalía de investigación: Según sea el hecho ocurrido el fiscal asignado debe enmarcar el caso dentro de un hecho penal, ya sea robo, hurto, asesinato, violación, entre otros, los cuales están estipulados en el Código Penal, y realizar la tipificación.

Entre estos dos procesos puede suceder la primera de las demoras, la mala elaboración del expediente por parte de los funcionarios policiales, en cuanto al modo de aprensión, evidencias y declaraciones. En este caso la persona debe permanecer detenida en los calabozos de las delegaciones mientras se hacen los arreglos, una vez corregido el documento y la Fiscalía realiza la tipificación, el fiscal indica el tiempo de condena que solicitará, una vez se dé comienzo al juicio y el detenido haya asistido a los tres tribunales correspondientes.

  • Proceso de tribunales:
  1. Tribunal de Control de Garantía: Es el encargado de velar que al imputado tanto en la fase de investigación como de tipificación no se le hayan violentados sus derechos, a su vez recibe el documento entregado por la Fiscalía donde especifica el tipo de delito por el que será procesado para realizarle el juicio, el juez deberá revisar las condiciones del imputado y del expediente, es durante este paso que el imputado tiene la opción de contratar un abogado privado o de recibir el asignado por el Estado; también tiene la oportunidad de declararse culpable y evitar el proceso del juicio
  2. Tribunal de juicio: Es la instancia donde el acusado junto a su defensor público o privado defenderá su posición de inocencia. A su vez es el encargado de indicar la sentencia en años, meses y horas que el reo debe cumplir, así como el penal que le corresponderá.

Es en este paso donde más retardo presenta el proceso, ya que durante cada audiencia deben estar presentes varios personajes, tales como: El juez, Fiscalía, abogado defensor, secretario, alguacil y el imputado, la ausencia de alguna de ellos hace imposible llevar a cabo la audiencia y esta generaría una nueva cita para poder reunir a todas las partes.

La ausencia del juez, fiscal, secretario, defensor público y alguacil en ocasiones se da -en opinión del entrevistado- por falta de compromiso, ética y en algunos casos por enfermedades, lo que conlleva a aplazar más el proceso, mientras que la ausencia del imputado en su mayoría de veces se debe a las mafias que manejan los pranes en las cárceles, señaló Edwar Hernández. 

Luego comenta: en la actualidad los reos son cambiados de cárceles por órdenes del Ministerio de Asuntos Penitenciarios sin la debida información a sus familiares y abogados, por lo que al defensor se le dificulta hablar con su defendido directamente en las cárceles ya que en ocasiones no se sabe el paradero exacto del mismo, es allí donde el pran de la cárcel se comunica con el familiar para informar el monto a pagar por la información, el cual el familiar se ve obligado a entregar ya que de lo contrario no se podrá presentar en las audiencias y esto genera molestia en algunos jueces, quienes fijan fechas de hasta 7 meses para una próxima audiencia.

      3. Tribunal de ejecución: Es el encargado de vigilar el cumplimiento de la pena del reo en el recinto asignado por el juez.

Actualmente, el tribunal de ejecución tiene muy poca información de que reos están en cada cárcel, debido a los constantes cambios que realiza el Ministerio de Asuntos Penitenciarios, supuestamente guiado por las solicitudes que realizan los pranes, ya que estos hacen valer su «poder» sobre las cáceles y estarían decidiendo sobre los reos que se encuentran en las cárceles que ellos manejan.

  • Actos conclusivos: Luego de dictada la sentencia y el reo comienza a cumplir su pena se pueden presentar nuevas pruebas que ameriten la reapertura del caso, por lo que el juez espera estos actos conclusivos para archivar en su totalidad el mismo o tomar otra decisión.

Entre las posibles soluciones que se deben presentar al serio problema de los retardos penitenciarios, que plantea y propone el abogado Hernández, se destaca y hace centrar la atención, la aplicación de un control carcelario más eficiente, que facilite y permita conocer el paradero del recluso, así como un firme compromiso ético por las partes involucradas en las audiencias, para que se puedan llevar de forma continua y concreta, permitiendo que los procesos que en la actualidad toman años se puedan manejar en un lapso de meses como máximo.

María Cordero

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