DOBLE LLAVE – El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictó que el servicio online de mensajería y videollamadas «Skype» puede ser considerado como un operador de telecomunicaciones por la función de pago que ofrece para realizar llamadas a teléfonos fijos y móviles.
El caso enfrenta a la plataforma con el Instituto Belga de Correos y Telecomunicaciones (IBPT) por el servicio SkypeOut, que permite a los usuarios realizar llamadas de pago desde un ordenador a teléfonos móviles y fijos.
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La autoridad belga sancionó en 2016 a Skype con cerca de 223.500 euros al considerar que SkypeOut es un servicio de comunicaciones electrónicas cuya actividad en Bélgica debería de haber sido notificada. Este trámite hubiera obligado a la función de Skype a someterse a las mismas reglas en materia de seguridad y protección de datos que se aplican a operadores tradicionales.
La plataforma, sin embargo, rechaza la sanción y sostiene que no ejercía actividad alguna en Bélgica y que, en todo caso, no prestaba ningún servicio de comunicaciones electrónicas, ya que no transmitía la señal, sino que recurría a operadores internacionales hacerlo.
En su fallo, el Tribunal con sede en Luxemburgo concluyó que la oferta de llamadas con la tecnología de Voz por IP (VoIP), que permite llamar a un número fijo o móvil nacional a través de una red telefónica pública conmutada (RTPC), es un servicio de comunicaciones electrónicas.
Así, el TUE da la razón al órgano belga porque considera que SkypeOut da lugar a una remuneración del creador y conlleva que éste celebre acuerdos con los proveedores de servicios de telecomunicaciones debidamente autorizados a transmitir y terminar llamadas a la RTPC.
María Alejandra Guevara
Con información de dpa
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