La especificación está detallada en el artículo 64 de la Carta Magna de Venezuela
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DOBLE LLAVE – Los ciudadanos extranjeros que vivan en Venezuela desde hace más de 10 años y que están inscritos en el Registro Electoral (RE) podrán ejercer su derecho al voto solo para escoger a los miembros de los consejos legislativos.

La aclaratoria está especificada en el artículo 64 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) detalla que “extranjeros con más de 10 años de residencia en el país, una vez que haya cumplido los 18 años de edad, tienen el derecho a sufragar en elecciones parroquiales, municipales y estadales”.

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El próximo 20 de mayo se realizarán comicios presidenciales y de consejos municipales en el país que fueron convocados por la Asamblea Nacional Constituyente.

Daniel Dolores / @daleserrano_

Con información de AVN.

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