Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Perú y Venezuela son algunos de los integrantes de la lista
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DOBLE LLAVE – Por medio de una determinación presidencial, la Casa Blanca conforme al artículo 706 de la Ley de Autorización de Relaciones Extranjeras, identificó a quince países como «principales productores de drogas o tránsito ilícito de drogas«. Estos son: Afganistán, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, India, Jamaica, Laos, México, Nicaragua, Pakistán, Panamá, Perú y Venezuela.

El documento original asegura que «La presencia de un país en la lista anterior no es necesariamente un reflejo de los esfuerzos antidrogas de su gobierno o el nivel de cooperación con los Estados Unidos. De conformidad con la definición legal de un país importante de tránsito de drogas o de producción de drogas establecida en el artículo 481 (e) (2) y (5) de la Ley de Asistencia Extranjera de 1961, según enmendada (FAA) los países productores de drogas se encuentran en la lista es la combinación de factores geográficos, comerciales y económicos que permiten que las drogas transitan o se producen, incluso si un gobierno ha llevado a cabo las más asiduas medidas de control de narcóticos«.

También designaron a Bolivia y Venezuela como «países que no han podido demostrar durante los 12 meses anteriores cumplir con sus obligaciones en virtud de acuerdos internacionales contra el narcotráfico y tomar las medidas requeridas por el artículo 489».

Por otro lado, el Gobierno de Trump evaluó seriamente considerar a Colombia como «un país que no pudo cumplir con sus obligaciones en virtud de los acuerdos internacionales contra el narcotráfico debido al extraordinario crecimiento del cultivo de coca y la producción de cocaína en los últimos tres años, 12 meses». Sin embargo, Colombia no es designada porque la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas de Colombia están cerca de la aplicación de la ley y los socios de seguridad de los Estados Unidos en el Hemisferio Occidental, están mejorando los esfuerzos de interdicción y han reiniciado una cierta erradicación que habían reducido significativamente a partir de 2013.

Asimismo determinaron en conformidad con lo dispuesto en el artículo 706 de la FRAA, que el apoyo a programas de ayuda al pueblo de Venezuela es «vital para los intereses nacionales de los Estados Unidos».

Ninoska Moncada / @ninoskamci

Con información de Comunicado de la Casa Blanca.

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